Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 16 de Noviembre de 2009, K. 12. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

K. 12. XLV.

RECURSO DE H.K., P.E. y otros s/ homicidio culposo Ccausa n° 22.415/07 y 22.416/07C.

Buenos Aires, 16 de noviembre de 2009 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por P.E.;Kirilovsky y N.;Fernández Santiváñez en la causa K., P.;Esteban y otros s/ homicidio culposo Ccausa n° 22.415/07 y 22.416/07C", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los recursos extraordinarios, cuyas denegaciones dieron origen a esta queja, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Dénse por perdidos los depósitos de fs. 2 y 3. H. saber y archívese. R.;LUISL.;- ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI (en disidencia)- JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAUL ZAFFARONI (en disidencia)- CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA DISI-1-

K. 12. XLV.

RECURSO DE H.K., P.E. y otros s/ homicidio culposo Ccausa n° 22.415/07 y 22.416/07C.

DENCIA DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI Y DON E. RAÚL ZAFFARONI Considerando:

Que a juicio del Tribunal y con arreglo a lo dispuesto en el art. 33, inc. a, ap. 5, de la ley 24.946, corresponde dar intervención al señor Procurador General de la Nación a fin de que dictamine sobre la cuestión que, como de naturaleza federal, se invoca en el recurso ante esta Corte.

N.. E.;SANTIAGO PETRACCHI - E. RAUL ZAFFARONI.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por P.;Esteban Kirilovsky y N.;R. FernándezS..

Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro.

Anteriores Tribunales intervinientes: Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolleti, provincia de Río Negro. -3-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR