Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Octubre de 2009, S. 109. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 109. XLV.

RECURSO DE HECHO Sintora, O.H. s/ p.s.a. homicidio doblemente calificado por alevosía y precio o promesa remuneratoria Ccausa n° 49/2007C.

Buenos Aires, 27 de octubre de 2009 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por la defensa de O.;Hugo Sintora en la causa Sintora, O.;Hugo s/ p.s.a. homicidio doblemente calificado por alevosía y precio o promesa remuneratoria Ccausa n° 49/2007C@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motiva la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja.

Intímase a la parte recurrente a que dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese.

ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por E.;A. Tarasconi y M.;A. Calderón, aboga- dos defensores de O.;Hugo Sintora.

Tribunal de origen: Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba.

Tribunales que intervinieron anteriormente: Cámara del Crimen de la Primera N.- nación de la ciudad de Córdoba, provincia homónima. -1-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR