Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Octubre de 2009, B. 1503. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

B. 1503. XLII.

B., M.;Ángel c/ HSBC New York Life Seguros de Retiro (Argentina) S.A. y otro s/ amparos y sumarísimos.

Buenos Aires, 6 de octubre de 2009 Vistos los autos: "B., M.;Ángel c/ HSBC New York Life Seguros de Retiro (Argentina) S.A. y otro s/ amparos y sumarísimos".

Considerando:

Que las cuestiones planteadas en los presentes autos son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa "B." (Fallos: 331:2006), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en lo pertinente en razón de brevedad.

La jueza A. se remite a su voto emitido en la mencionada causa.

Los jueces Highton de N., M. y P., se remiten a las disidencias que suscribieron en el precedente citado.

Por ello, se declara formalmente admisible el recurso extraordinario y, por mayoría, se confirma la sentencia apelada con los alcances que surgen del precedente "B.", cuyo texto se encuentra publicado en la página web del Tribunal (www.csjn.gov.ar). Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado en atención a la complejidad de la cuestión debatida (art. 68, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). N. y devuélvase. R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NO- LASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE S.;PETRACCHI - JUANC.;MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por HSBC New York Life Seguros de Retiro (Ar- gentina) S.A., representado por el Dr. R.;Miguel Ameri.

Contestó el recurso: J.;H. Guiñazú, apoderado de M.;Ángel Battiti.

Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social, S.;II.

Intervino con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social n1 7. -1-

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