Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 9 de Junio de 2009, P. 60. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 60. XLV.

P., C.A. c/C., J.B. s/ interdicto de retener.

Buenos Aires, 9 de junio de 2009 Vistos los autos: A., C.A. c/C., J.B. s/ interdicto de retener@.

Considerando:

Que el recurso extraordinario de fs. 273/289 vta. no cumple con la totalidad de los requisitos exigidos en el art.

  1. del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, se lo desestima. N. y, oportunamente, devuélvase.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

Recurso extraordinario interpuesto por C.A.P., actor en autos, representado por su letrado apoderado Dr. A.G..

Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia de la ciudad de San Luis.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR