Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Mayo de 2009, P. 829. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 829. XLIV.

Peugeot Citröen Argentina SA c/ EN DGA resol.

1081/03 (expte.

413.578/99) s/ Administración Nacional de Aduanas.

Buenos Aires, 5 de mayo de 2009 Vistos los autos: "Peugeot Citröen Argentina SA c/ EN DGA resol. 1081/03 (expte. 413.578/99) s/ Administración Nacional de Aduanas".

Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima el recurso extraordinario planteado. Con costas. N. y devuélvase. E.S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso extraordinario interpuesto por el Fisco Nacional (A.F.I.P. - D.G.A.), patrocinado por el Dr. G.R.A..

Traslado contestado por Peugeot Citröen Argentina SA, representado por el Dr. P.S., apoderado.

Tribunal de origen: Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Contencioso Administrativo Federal n° 3.

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