Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Abril de 2009, R. 1037. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 1037. XLIII.

R., V. c/ Estado Nacional C.S.J.N. s/ empleo público.

Buenos Aires, 28 de abril de 2009 Vistos los autos: ARambeaud, V. c/ Estado Nacional C.S.J.N. s/ empleo público@.

Considerando:

Que los agravios del apelante encuentran adecuada respuesta en los fundamentos del dictamen de la señora P.F., que el Tribunal comparte y hace suyos brevitatis causa.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por medio de quien corresponda, proceda a dictar nuevo fallo con arreglo a lo expresado. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). N. y devuélvase. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z..

Recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional, en su carácter de demandado, representado por el Dr. M.A.G., con el patrocinio del Dr. N.S.B..

Traslado contestado por V.R., en su calidad de actor, representado por la Dra. A.M.P..

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, S.I..

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo n° 4.

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