Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 26 de Marzo de 2009, A. 919. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 919.

    XLIV.

    A., W.F. y M., G.G. s/ abuso sexual por acceso carnal agravado por el vínculo primero y abuso sexual por acceso carnal segundo.

    Buenos Aires, 26 de marzo de 2009 Vistos los autos: "A., W.F. y M., G.G. s/ abuso sexual por acceso carnal agravado por el vínculo primero y abuso sexual por acceso carnal segundo".

    Considerando:

    Que el recurso extraordinario, es inadmisible (art.

    280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

    Por ello, se lo declara mal concedido. Hágase saber y devuélvanse los autos principales al tribunal de origen. RI- CARDO L.L. -E.I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. (en disidencia)- CARMEN M.

    ARGIBAY.

    DISI

  2. 919.

    XLIV.

    A., W.F. y M., G.G. s/ abuso sexual por acceso carnal agravado por el vínculo primero y abuso sexual por acceso carnal segundo.

    DENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E.R.Z. Considerando:

    Que a juicio del Tribunal y con arreglo a lo dispuesto en el art. 33, inc. a, ap. 5° de la ley 24.946, corresponde dar intervención al señor Procurador General de la Nación a fin de que dictamine sobre la cuestión que, como de naturaleza federal, se invoca en el recurso ante esta Corte.

    N.. E.R.Z..

    Recurso extraordinario interpuesto por A.H.B., Defensor General de la provincia del Chubut, en representación de W.F.A., actualmente en libertad.

    Traslado contestado por el Sr. Procurador General del Chubut.

    Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de la provincia del Chubut.

    Tribunales que intervinieron anteriormente: Cámara Primera en lo Criminal de la Circunscripción Judicial de Comodoro Rivadavia, Juzgado Único de 1° Instancia de la Circunscripción Judicial Sarmiento, provincia del Chubut.

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