Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 7 de Abril de 2009, N. 30. XXXV
Fecha | 07 Abril 2009 |
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
N. 30. XXXV.
R.O.
Nobleza Piccardo S.A.I.C. c/ Estado Nacional s/ Dirección General Impositiva.
Buenos Aires, 7 de abril de 2009 Autos y Vistos:
En atención a la labor desarrollada a fs. 565/577 vta., y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 61, incs. a, b, c y d, 71, 91 y 14 de la ley 21.839 Cmodificada por la ley 24.432C, se regulan los honorarios de las doctoras C.M.C. y A.M.J.M.M. en la suma de ochocientos cincuenta mil pesos ($ 850.000), en conjunto. Dichos honorarios no incluyen el impuesto al valor agregado, monto que C. su casoC deberá ser adicionado conforme a la subjetiva situación de las profesionales beneficiarias frente al citado tributo. N. y devuélvanse.
E.S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Mayo de 2009, B. 1255. XXXVI
...gravamen, y debe probar, además, que ello ocurre en el caso concreto (Fallos: 310:211; 314:495; 315:952; 321:221; 324:754; 326:3007; causa N.30.XXXV "Nobleza Piccardo S.A.I.C. c/ Estado Nacional s/ Dirección General Impositiva", sentencia del 5 de octubre de 2004), resultando insuficiente l......
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Mayo de 2009, B. 1255. XXXVI
...gravamen, y debe probar, además, que ello ocurre en el caso concreto (Fallos: 310:211; 314:495; 315:952; 321:221; 324:754; 326:3007; causa N.30.XXXV "Nobleza Piccardo S.A.I.C. c/ Estado Nacional s/ Dirección General Impositiva", sentencia del 5 de octubre de 2004), resultando insuficiente l......