Resolución 1448/2014

Fecha de la disposición27 de Agosto de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 1448/2014Bs. As., 27/8/2014

VISTO el Expediente Nº 638.752/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 937 del 27 de junio de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 33/38 del Expediente Nº 638.752/12 obran las escalas salariales pactadas entre la UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES, por la parte sindical y la ASOCIACION TUCUMANA DEL CITRUS, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 271/96, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 937/12 y registrado bajo el Nº 732/12, conforme surge de fojas 50/52 y 55, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 116/119, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que sin perjuicio del promedio de remuneraciones que se fija por la presente, resulta oportuno aclarar que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1926 del 6 de diciembre de 2013 se fijó el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el respectivo tope indemnizatorio, con vigencias desde el 1° de marzo de 2013 y desde el 1° de enero de 2014, correspondientes al Acuerdo Nº 1118/13, celebrado entre las mismas partes de marras, homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1343 del 27 de septiembre de 2013.

Que la presente se...

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