Resolución Nº 358/2014

Fecha de la disposición13 de Agosto de 2014



MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución Nº 358/2014Bs. As., 13/8/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0472270/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, las Resoluciones Nros. 95 del 4 de junio de 1993 y 213 del 5 de octubre de 1993, ambas del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, 717 del 4 de octubre de 2011 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que el Picudo del Algodonero (Anthonomus Grandis, Boheman) se declaró plaga de la agricultura por la Resolución Nº 95 del 4 de junio de 1993, del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL.

Que resulta necesario tomar las medidas sanitarias necesarias para evitar la dispersión de dicha plaga.

Que está en ejecución el Programa Nacional de Prevención y Erradicación del Picudo Mexicano del Algodonero aprobado por la Resolución Nº 213 del 5 de octubre de 1993 del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL.

Que en el año 2011 se declaró la Emergencia Fitosanitaria en todo el Territorio Nacional, respecto de la plaga de cultivos de algodón denominada Picudo del Algodonero, por la Resolución Nº 717 del 4 de octubre de 2011 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Que de acuerdo al Artículo 4° de la Ley de Sanidad Vegetal, Decreto-Ley Nº 6.704 del 12 de agosto de 1963, el Organismo de aplicación podrá utilizar procedimientos aconsejados por las prácticas científicas para combatir los agentes perjudiciales de la producción agrícola.

Que resulta necesario adoptar todas las medidas pertinentes para minimizar la dispersión de la plaga hacia zonas en las que aún no se hubiera detectado su presencia o donde la misma ejerza una menor presión, realizando para ello todas las acciones sanitarias y técnico-administrativas que coadyuven al control de la plaga, incorporando los insumos, equipos y bienes corrientes que se requieran, e incentivando a la concientización de los productores de algodón del área afectada para incrementar su adhesión y participación al mencionado programa.

Que el Picudo del Algodonero posee la capacidad de difundirse desde zonas infectadas hacia zonas libres por acción natural o antrópica.

Que a la vera de las rutas en zonas algodoneras se puede observar la presencia de plantas de algodón...

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