Resolución Nº 160/2014

Fecha de la disposición30 de Julio de 2014



INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución Nº 160/2014Bs. As., 30/7/2014

VISTO el Expediente Nº 253-75518/09 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), organismo autárquico que funciona en la órbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que la Sra. Paola Luján BRANCA (DNI Nº 29.876.040) ha solicitado en fecha 12 de Junio de 2014, la renuncia a la matrícula Nº 1979 de AGENTE DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL mediante notificación fehaciente.

Que la revocación de la matrícula está prevista por el art. 10 de la Resolución INPI P-101 de fecha 18 de abril de 2006, que aprueba el Reglamento para el ejercicio de la Profesión de Agente de la Propiedad Industrial, estando la presente renuncia contemplada en la norma legal citada.

Que a fin de otorgarle mayor seguridad jurídica a la suspensión respecto de terceros, resulta conveniente que el interesado notifique su baja en la matrícula en cada uno de los expedientes que tenga en trámite.

Que la Dirección de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le compete.

Que de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, el señor Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, se encuentra facultado para suscribir la presente autorización.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Acéptase la renuncia de la Sra. Paola Luján BRANCA (DNI Nº 29.876.040), a la Matrícula Nº 1979 de AGENTE DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

ARTICULO 2°

— Procédase a formalizar la baja del Registro de la Matrícula de Agentes de la Propiedad Industrial, por intermedio del Departamento Operativo de la Dirección Operativa.

ARTICULO 3°

— Comuníquese al interesado que le incumbe la obligación de notificar su suspensión en la matrícula en cada...

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