Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Febrero de 2009, A. 521. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 521. XLIV.

RECURSO DE HECHO

Abdelnabe, J.C. s/ causa n° 9220.

Buenos Aires, 17 de febrero de 2009 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por el Defensor Oficial de J.C.A. en la causa Abdelnabe, J.C. s/ causa n° 9220", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (artículo 14 de la ley 48).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente, a que, dentro del quinto día, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución.

H. saber y archívese.

ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por J.C.S. (h), Defensor Público Oficial ante la Cámara Nacional de Casación Penal, en representación de J.C.A..

Tribunal de origen: Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal.

Anterior intervención: Tribunal Oral en lo Criminal n° 30 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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