Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 26 de Agosto de 2008, B. 40. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 40. XLIV.

    RECURSO DE HECHO

  2. de Layus, J. y B., R. c/ P.L., E. y otros.

    Buenos Aires, 26 de agosto de 2008 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por la actora en la causa B. de Layus, J. y B., R. c/ P.L., E. y otros", para decidir sobre s procedencia.

    Considerando:

    Que el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

    Por ello, se desestima esta presentación directa y se da por perdido el depósito. N. y archívese.RICARDO L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

    Recurso de hecho interpuesto por J.F.B. de Layus y R.B., representadas por los Dres. H.J.B. y H.F..

    Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de Corrientes Tribunales que intervinieron con anterioridad:

    Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, S.I., de la ciudad de Corrientes.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR