Disposición Nº 232/2014

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición30 de Mayo de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 232/2014Bs. As., 30/5/2014

VISTO el Expediente Nº 1.621.747/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 11/12 del Expediente Nº 1.621.747/14, obra el acuerdo celebrado entre la empresa LA VELOZ DEL NORTE SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador y la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (U.T.A.) por el sector sindical.

Que el ámbito personal y territorial del mismo se corresponde con la actividad desarrollada por la empresa signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante emergente de su personería gremial.

Que bajo el acuerdo de marras se establece que el servicio de transporte público efectuado por la empresa entre la ciudad de Salta, Provincia de Salta y la ciudad San Salvador de Jujuy, de la Provincia de Jujuy, sea prestado con la modalidad de simple conducción, por un plazo en el que las partes consensuarán un nuevo y definitivo programa del recorrido indicado.

Que la entidad sindical manifiesta que el consentimiento prestado no significa el reconocimiento de situaciones de hecho que puedan alterar el régimen vigente en materia de prestación laboral, especialmente en lo relativo al régimen de jornada de trabajo, descansos, pautas y la obligatoriedad del sistema de “doble conducción”.

Que atento la materia objeto de lo acordado, la homologación del presente acuerdo procede como acuerdo marco de naturaleza colectiva, sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos en el mismo.

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente, encontrándose acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos, y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto Nº 738/12.

Por ello,

LA...

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