Resolución Nº 395/2014

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición25 de Marzo de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 395/2014Bs. As., 25/3/2014

VISTO el Expediente Nº 1.598.029/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/2 vuelta del Expediente Nº 1.600.854/13 agregado como fojas 11 al Expediente Nº 1.598.029/13 obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO ARGENTINO DE EMPLEADOS Y OBREROS DE LA ENSEÑANZA PRIVADA, la ASOCIACION DE INSTITUTOS DE ENSEÑANZA PRIVADA y el CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACION CATOLICA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el precitado acuerdo las partes pactan un incremento salarial a partir del mes de marzo de 2014 para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 88/90, el que fuera suscripto oportunamente por las mismas partes.

Que respecto al aporte solidario a cargo de todos los trabajadores previsto en la cláusula tercera del acuerdo de marras, y sin perjuicio de la homologación que por el presente se dispone, corresponde dejar expresamente establecido que dicho aporte compensará hasta su concurrencia el valor que los trabajadores afiliados a la asociación sindical deban abonar en concepto de cuota sindical.

Que asimismo, en relación con lo previsto en la parte final de la cláusula citada, corresponde señalar que la vigencia del aporte solidario se extiende como máximo hasta la fecha de vigencia del acuerdo que por la presente se homologa.

Que el ámbito de aplicación personal y territorial del presente acuerdo se corresponde estrictamente con la aptitud representativa de las partes signatarias del mismo.

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, con los alcances que se precisan en el considerando tercero y cuarto de la presente medida.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la...

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