Disposición Nº 80/GCABA/CTBA/14

FirmantesBaratta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Direccion General Complejo Teatral Ciudad de Buenos Aires
Fecha de la disposición 6 de Mayo de 2014

VISTO:

El Expediente Electrónico N° 04172511-MGEYA-CTBA-2014, y la Ley de Compras N°

2095, Ley N° 4764 y el Decreto Reglamentario N° 754-GCBA-08, el Decreto

Reglamentario N°95/14 y el Decreto N°1145-09 (Anexo I "Procedimiento Buenos Aires

Compras") y

CONSIDERANDO:

Que, por la citada actuación se tramita la Contratación Directa N° 542-0043-CDI14,

para el Servicio de Utilería Mayor y Menor por este Complejo Teatral; con destino a la

Dirección de Escenotécnica, por un importe estimado de Pesos Trescientos Sesenta y

Nueve Mil Seiscientos ($ 369.600.-), de acuerdo al procedimiento electrónico de

Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC);

Que, habiéndose realizado el llamado a Contratación Directa el día 28 de abril de

2014, la misma resultó desierta por no haberse obtenido cotización alguna.

Que, por tratarse de un servicio imprescindible para el normal desenvolvimiento de las

actividades propias de este organismo, deberá gestionarse por cuerda separada con

carácter de urgente trámite, situación que permitirá resolver la necesidad de

continuidad del servicio.-

Que, para ello resulta de aplicación lo previsto en el Decreto N° 556/10 y su

modificatorio Decreto N° 752/2010 Art.2° Inc. c).

Por ello y en uso de la facultades conferidas por el Artículo 13° del Decreto 754/08

reglamentario de la Ley N° 2095:

EL DIRECTOR GENERAL ADJUNTO

DEL COMPLEJO TEATRAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DISPONE

Artículo 1° Declárase desierto el llamado a Contratación Directa N° 542-0043-CDI14,

realizado el día 28 de abril de 2014 a las 12:00 hs. por no haberse obtenido cotización

alguna.

Artículo 2° Desaféctense los fondos imputados por un importe estimado de Pesos

Trescientos Sesenta y Nueve Mil Seiscientos ($ 369.600.-), con cargo a la partida

presupuestaria correspondiente al año 2014, debiendo para ello tomar intervención el

Departamento Contable Financiero Patrimonial.

Articulo 3° Tramítese por cuerda separada, la contratación de dicho servicio, teniendo

en cuenta lo previsto en el Decreto N° 556/10 y su...

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