Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Marzo de 2014, R. 834. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha19 Marzo 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

/'" R.

834.

XLIX.

RECURSO DE HECHO

R., E.J. elT.P.K. si acciones del arto 15 de la ley 13.512.

/1' Buenos Aires, ,¡(!Á /)'H (V1.~ ¿¡4 z.o / V - Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la actora en la causa R., E.J. clT.P.K. si acciones del art.

15 de la ley 13.512", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la apelante no ha cumplido con el recaudo previsto por el arto 7°, inc. c, del reglamento aprobado por acordada 4/2007. Por ello, se desestima la queja.

N. y archívese.

, CARLOS S. FATI ENRIQUE S. PETRACCHI

Recurso de hecho interpuesto por E.J.R., con el patrocinio de la Dra.

M.C.P.. Tribunal de origen:

Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil nO 39.

D.O.

00000001

00000002

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