Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Febrero de 2014, N. 90. XLIX

Fecha25 Febrero 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

N.

90 ~ XLIX.

RECURSO DE HECHO Nápoli de R., M. delC. y otro cl S., M.L. y otros si daños y perjui- cios. Buenos Aires, Autos y Vistos; Considera Que en razón de la conexidad existente entre las cuestiones planteadas en esta presentación directa y en las quejas N.92 y 93, ambas del libro XLIX, en las que se difirió su tratamiento hasta que se informe sobre la concesión del beneficio de litigar sin gastos, por Secretaría se dispuso diferir también el examen de esta queja hasta esa misma oportunidad (fs.

55).

Contra dicha providencia el recurrente deduj o recurso de reposición (fs.57).

Que además de que la resolución cuestionada no causa perjuicio irreparable al apelante, de los términos de las presentaciones referidas se advierte prima facie la existencia de conexidad en los agravios propuestos por las partes, lo que autoriza su tratamiento conjunto, sin que las manifestaciones del recurrente justifiquen, sin más, un criterio diferente.

Por ello, se desestima el recurso de reposición de fs.

57.

N. y si a la causa / ENRIQUE S. PETRACCHI

\›;:

Recurso de reposición interpuesto por J.A.G.S., letrado en causa propia.

D.O.

00000001

00000002

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