Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Agosto de 2013, S. 416. XLIV

Sentido del falloMODIFICA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha06 Agosto 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

.' S.

416.

XLIV.

S. de H., G.N. el EN dto. 1570101 214/02 si amparo ley 16.986.

Buenos Aires, c.; ‹k Q ~ os~ ck 2.013.

Vistos los autos:

"S. de H., G.N. c/ EN -dto. 1570/01 214/02 s/ amparo ley 16.986".

Considerando:

Que esta Corte comparte los argumentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a cuyos fundamentos se remite por razones de brevedad.

Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por la señora .~ Procuradora Fiscal, se declara formalmente procedente el recurso .extraordinario y se modifica la sentencia apelada con el alcance ¡expuesto en el citado dictamen.

Costas por su orden en atención a la complejidad de la cuestión debatida y el modo en que se decide.

N. y devuélvase.

CARLOS S. FAYT E. RAUL ZAFFARONI CARMEN M. ARGIBAY

Recurso extraordinario interpuesto la actora, representada por el Dr. J.E.B., con el patrocinio del Dr. E.H. (h). Traslados contestados por:

el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., representado por el Dr. J.F.I.¡ el Estado Nacional - Ministerio de Economía, representado por la Dra.

S.L.¡ la sindicatura concursal plural del Banco General de Negocios S.A., ejercida por los estudios Suez, Pustilnik & Asociados, con el patrocinio de la Dra.

G.M.; Estudio Dra. M.C.R. & Asociados, con el patrocinio letrado de la Dra.

M.C.R.¡ Estudio Stóltzing, L. &A., con el patrocinio letrado de los Ores.

G.M.L. y J.A.L.F. (Estudio Es- toup y Asociados Sociedad Civil) . Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Adminis- trativo Federal, S.I.. Tribunal que intervino con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n° 2. "

D.O.

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