Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Agosto de 2013, P. 346. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha06 Agosto 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 346. XLIX. Proeter & Gamble Argentina S.R.L. el Municipali- dad de vicente L6pez - Buenos Aires. Buenos Aires, ‹D cQQ (l~o.sto~ 2D,'¿¡ . Vistos los autos:

"Procter & Gamble Argentina S.R.L. cl Municipalidad de V.;López - Buenos Aires".

Considerando:

Que según jurisprudencia de esta Corte, no procede el recurso extraordinario contra resoluciones de la Comisión Plenaria del Convenio Multilateral del 18 de agosto de 1977 (confr. causas A.I013.XLV "A.;Juan ManuelF.;S.A. cl Pcia. de Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires", sentencia del 14 de mayo de 2013, F.509.XLV "Frigorífico de Aves Soychu SAICF cl Municipalidad de Gualeguay", sentencia de la misma fecha, entre otros precedentes, a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad) .

Por ello, se declara formalmente improcedente el recurso planteado.

Costas por su orden en atención a la indole de la cuestión debatida y a los fundamentos de la presente. N. y devuélvase.

CARMEN M. ARGIBAY

Recuso extraordinario interpuesto por:

la Municipalidad de V.L., representada por la Dra. M.L.G., con el patrocinio letrado del Dr. G.K.. Traslado contestado por:

la Provincia de Buenos Aires f representada ante la Comisión Plenaria del Convenio Multilateral por las Oras. S.P. Maruccio y D.C.C., con el patrocinio letrado del Dr. R.S.- ki, en su carácter de Fiscal de Estado de la Provincia de Buenos Aires. Tribunal de origen:

Comisión Plenaria del Convenio Multilateral del 18 de agosto de 1977. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18 de agosto de 1977.

D.O.

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