Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Junio de 2013, R. 762. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha18 Junio 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 762. XLVIII. RECURSO DE HECHO R.T., J.D. sI robo agravado - causa nO 106.503-. 2013. Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Defensor Oficial de J.;Diego Rodriguez Torres en la causa "R.;Torres, J.D. si robo agravado -causa nO 106.503-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación motiva la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja.

  1. al recurrente para que dentro del quinto dia de notificado acompañe copia de la resolución que le concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el arto 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de JUAN CARLOS MAQUEDA

Recurso de hecho deducido por el Defensor Oficial de J.D.R.T., Dr. R. ~ejandro M. delG.. Tribunal de origen:

Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza. Tribunales que intervinieron anteriormente:

Sexta Cámara del Crimen de la Pri- mera Circunscripción Judicial de la provincia de Mendoza.

D.O.

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