Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Febrero de 2014, C. 615. XLIX

Fecha04 Febrero 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 615.

XLIX.

S., O.R. sI inf. arto 302 del C.P.

Buenos AiresA deF-BIV d.e 20/4. Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.F. a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá enviarse el presente inciden- " te al Juzgado Nacional en lo Penal Económico n° 1 para que remita las actuaciones al Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 37 con el fin de que profundice su investigación, Hágase saber al Juzgado de Garantías n° 5 del Departamento Judicial de San Isidro, provincia de Buenos Aires.

E. RAUL ZAFFARONf CARMEN M. ARGIBAY

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