Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Diciembre de 2013, V. 284. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha10 Diciembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

V. 284.

XLIX.

V.P., L. y otra si incidente beneficio de litigar sin gastos .

\ .

..

~dejUcY~ Buenos Aires, lO t:1R, ditietuhm f:k, eaa. Vistos los autos:

"V.P., L. y otra s/ incidente beneficio de litigar sin gastos".

Considerando:

Que el recurso extraordinario, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima el recurso extraordinario.

H. saber y devuélvase.

ENRIQUE S PETRACCHI ELENA1.HIGHTON 0ISIE. RAUL ZAFFARONI CARMEN M.A

V.

284.

XLIX.

V.P., L. y otra si incidente beneficio de litigar sin gastos.

"". ,/DENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E.

RAÚL ZAFFARONI Considerando:

Que a juicio del Tribunal y con arreglo a lo dispuesto en el arto 33, inc. a, ap.

5 de la ley 24.946, corresponde dar intervención a la señora Procuradora General de la Nación a fin de que dictamine sobre la cuestión que, como de naturaleza federal, se invoca en esta Corte.

N..

E. RAUL ZAFFARONI

Recurso de hecho interpuesto por la Dra.

Alcira E.

Ríos, por derecho propio.

Traslado contestado por:

A.M.F. y L.P. carpo V., representados por la Dra.

Perla l. M. - Defensora Pública Oficial en lo Criminal y Correccional nO 3 y por el Dr. G.M. -F. General ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.

Tribunal de origen:

Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.

Tribunal que intervino con anterioridad:

Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 9.

D.O.

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