Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Diciembre de 2013, L. 715. XLVIII

Sentido del falloCONFIRMA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha10 Diciembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

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L.

715.

XLVIII.

RECURSO DE HECHO

L6pez F., R.F. y otros s/ secuestro extorsivo - causa n° 6414/1997.

Buenos Aires, 10 de rJ,;fA"eutla-e de 201.d. vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la Defensora Oficial de R.T. en la causa L.F., R.F. y otros s/ secuestro extorsivo - causa n° 6414/1997", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (artículo 280 del Código Procesal Civil Y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queja.

H. saber y archívese, previa devolución de los autos principales.

UAN CARLOS MAQUEDA E. RAUL ZAFFARONI

Recurso de hecho interpuesto por R.T., representado por la Dra.

Perla I.

Martinez, Defensora Pública Oficial a cargo de la Defensoría Pública Oficial en lo Criminal y Correccional Federal n° 3.

Tribunal de origen:

Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal.

Tribunal que intervino con anterioridad:

Juzgado Criminal y Correccional Federal nO 5.

D.O.

00000001

00000002

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