Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Diciembre de 2013, G. 572. XLIX

Sentido del falloDECLARA CADUCIDAD - RECURSO DE QUEJA
Fecha10 Diciembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G.

572.

XLIX.

RECURSO DE HECHO Garantia de Valores SGR el Cooperativa de Trabájo Septiembre Limitada y otros 51 ejecución hipotecaria.

~w ¿tU6 ~eMJU~W/l‹ÚJ, Buenos Aires, .(0 La.. dL-Ue-u-o-h.. 4& ~IS'. Autos y vistos:

Habida cuenta que desde la última actuación del Tribunal encaminada a impulsar el procedimiento ha transcurrido un lapso superior al previsto por el artículo 310, inciso 2, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin que la parte haya activado el trámite del recurso, corresponde declarar la caducidad de la instancia.

Por ello, se declara la caducidad de la instancia.

N. y archívese.

RICARDO LUIS LORENZETTf E. RAULZAFFARONI

Recurso de hecho interpuesto por Cooperativa de Trabajo Septiembre Limitada, M.T.B., R.D.M.,P.J.G. y B.L.;Leiver, representados por el Dr. J.;Mario Spiropulos. Tribunal de origen:

Sala F de la CámaraNacional de Apelaciones en lo Civil. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 95.

D.O.

00000001

00000002

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