Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 12 de Noviembre de 2013, C. 813. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha12 Noviembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

'1,,_- C. 813 .. XLIX.

RECURSO DE HECHO

C., W.B. si causa n° 13.174. Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por W.B.C. en la causa C., W.B. si causa n° 13.174", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cqya denegación origina esta queja, es inadmisible (art; 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se la desestima.

N. y, oportunamente, archivese.

ICARDO LUIS LORENZETTI ENRIQUE S pEiAACCHl JUAN CARLOS MAQUEDA

Recurso de hecho interpuesto por W.B.C., representado por el Dr. G.C. (h). Tribunal de origen:

Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de La Rioja, Secretaria Civil. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Cámara Segunda, en lo Civil, Comercial y de Minas, Secretaria B de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de La Rioja.

D.O.

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