Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Noviembre de 2013, P. 496. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha05 Noviembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 496. XLIX.

    RECURSO DE HECHO

    P., Á. el Carasa, M.D. si ren- dición de cuentas. Vistos los autos:

    uRecurso de hecho deducido por la demandada en la causa P., Á. cl Carasa, M.D. si rendición de cuentasU, para decídir sobre su procedencia.

    Considerando:

    Que la apelante no ha cumplido con todos los recaudos previstos por el artículo 4', ni ha adjuntado la copia exigida por el artículo 7', inciso c, del reglamento aprobado por acordada 4/2007. Que, por lo demás, la queja no desvirtúa el motivo de la resolución denegatoria del recurso extraordinario referente al incumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 3'., incisos b, d Y e, de dicha normativa.

    Por ello, se desestima esta presentación directa y se da por perdido el depósito.

  2. y archívese.

    R.;LUIS LORENZETTI / QUEDA CARMEN M. ARGIBAY

    e Recurso de hecho interpuesto por M.D.C., letrada en causa pro- pia. Tribunal de origen:

    Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

    Cámarade Apelaciones Civil y Comercial, Distrito Sala IV Rosario y Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Distrito 10, N.R., Santa Fe.

    D.O.

    00000001

    00000002

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR