Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Noviembre de 2013, E. 119. XLIX

Sentido del falloDECLARA ABSTRACTA LA CUESTION - RECURSO DE QUEJA
Fecha05 Noviembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

E. 119. XLIX.

RECURSO DE HECHO

E., E.I. y otros s/ homicidio triplemente calificado -causa n° 14.836/06-. C2'/Úw de M£¿¡'~4'io- Buenos Aires,S t:J!£ .udl/j~We de 2ol‹J. vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por Y.M.B. en la causa E., E.I. y otros s/ homicidio triplemente calificado -causa nO 14.836/06-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que en atención a lo resuelto el 17 de septiembre de 2013 en autos E.95.XLVIII y otros "E., E.I. y otros s/ homicidio etc.

-causa n' 14.836/06-", y de acuerdo a conocida doctrina de esta Corte, segOn la cual sris fallos deben atender a las circunstancias existentes al momento en que se los dicta -aunque aquéllas sean sobrevinientes a la interposición del remedio federal- (Fallos 285:353; 304:1649; 310:819; 313:584; 325:2177; 329:1487; 333:1474, entre otros), la cuestión traída a estudio de este Tribunal se ha tornado abstracta.

Por ello, se declara abstracta la cuestión planteada en la presente causa.

H. saber y archívese.

E.;S. PETRACCHI 'HTONde?:- NOlASC ./ -1- SMAQUEDA

Recurso de hecho interpuesto por Y.M.B., representada por la Dra.

M.A.C. de J., Defensora Oficial del Tribunal Oral Penal de Mercedes, provincia de Corrientes Tribunal de origen:

Superior Tribunal de Justicia de Corrientes. Tribunal que intervino con anterioridad:

Tribunal Oral Penal de la ciudad de Mercedes, provincia de Corrientes.

D.O.

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