Disposición Nº 854/2013

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición 3 de Octubre de 2013



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBDIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DisposiciónNº 854/2013Registro Nº 1133/2013

Bs. As., 3/10/2013

VISTO el Expediente Nº 1.564.318/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 4/5 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION FERROVIARIA, por el sector sindical, y el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE QUEQUEN, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el presente se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1182/11 “E”, que fuera celebrado entre los mismos entes negociales.

Que mediante el presente texto convencional las partes convienen las nuevas escalas salariales que regirán a partir del primero de abril de 2013, conforme a los términos y condiciones allí establecidos.

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la representación empresaria y la representatividad de los trabajadores por medio de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de Disposición de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que sin embargo, una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo de referencia, se intima a las partes a que acompañen las escalas salariales que se aplicaban con anterioridad, a efectos de que la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, elabore el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope lndemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescripto en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto surgen de lo normado por el Decreto Nº 570/12.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL

DE...

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