Resolución Nº 1391/2013

EmisorAutoridad Federal de Servicios de Comunicacion Audiovisual
Fecha de la disposición11 de Noviembre de 2013



AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

ResoluciónNº 1391/2013Bs. As., 11/11/2013

VISTO el Expediente Nº 1721/12 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por el MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGIA, de la provincia del CHACO tendiente a obtener una autorización para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, conforme lo dispuesto por el artículo 149 de la Ley Nº 26.522.

Que el artículo 149 de la Ley Nº 26.522 establece que “... La autoridad de aplicación podrá otorgar, en forma directa por razones fundadas, autorizaciones para la operación de servicios de radiodifusión a establecimientos educativos de gestión estatal. El titular de la autorización será la autoridad educativa jurisdiccional, quien seleccionará para cada localidad los establecimientos que podrán operar el servicio de comunicación audiovisual”.

Que en ese orden, el peticionante seleccionó para tal fin a la ESCUELA DE EDUCACION SECUNDARIA Nº 157, de la localidad de COLONIA CAMPO LA AURORA, departamento de GENERAL JOSE DE SAN MARTIN, provincia del CHACO.

Que, por su parte, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES asignó para el presente trámite el canal 202, frecuencia 88.3 MHz., con categoría “F”, con la señal distintiva LRR787, para la localidad de COLONIA CAMPO LA AURORA, provincia del CHACO.

Que con relación al gravamen dispuesto por el artículo 94 de la Ley Nº 26.522, corresponde para el caso, eximir a la peticionante de su cumplimiento, en virtud del fin perseguido, toda vez, que la emisora es de neto corte cultural y social.

Que esta Autoridad Federal se encuentra facultada para eximir de la obligación arriba señalada, en razón del artículo 98, en particular, el inciso e) de la Ley Nº 26.522.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 12, inciso 8), 149 y 98 inciso e) de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO

DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR