Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Octubre de 2013, R. 191. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha15 Octubre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

, , R. '191. XLIX. RECURSO DE HECHO R., V.D. el Ciccone Calcográfica S.A. s/'cobro de honorarios. Vistos los autos:

ftRecurso de hecho deducido por la actora en la causa R., V.D. cl Ciccone Calcográfíca S.A. si cobro de honorarías", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Cívíl y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima esta presentación directa y se da R.;LUIS LORENZETTI /ON de NOlASCO ! . ENRIQUE S, PETRACCHI MAQUEDA

Recurso de hecho interpuesto por V.D. ~osetti, representado por el Dr. R.A.B.. Tribunal de origen: Sala I de la C~ara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil nO 63. -2- )

D.O.

00000001

00000002

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