Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Octubre de 2013, A. 315. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha15 Octubre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 315. XLIX . .

RECURSO DE HECHO

Á., R.A. y otro el Costa, R.I. si resolución de contrato y daños y per- juicios. ~‹ÚutriJ'eMjU~ Buenos Aires, IF ~ ~ C1Zc.- .20107. Autos y Vistos; Considerando:

Que la recurrente plantea recurso de revocatoria contra la decisión de fs.

33.

Tal petición resulta improcedente pues es sabido que las sentencias de la Corte no son susceptibles de recurso intentado (conf.

Fallos:

311:1788 y 2422; 313:1461 y 325:3380, entre muchos otros), sin que. se den circunstancias estrictamente excepcionales que autoricen a apartarse de tal principio.

Por ello, se desestima la presentación de fs.

40/40 vta.

NOUHO¿~ /~_ ..

~C.L..

Recurso de revocatoria interpuesto por R.A.Á. y otro, representados por el Dr. J.C.G., con el patrocinio letrado de la Dra. L.G..

D.O.

00000001

00000002

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