Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Octubre de 2013, A. 311. XLIX

Sentido del falloREVOCA - RECURSO DE QUEJA
Fecha15 Octubre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 311. XLIX . .

RECURSO DE HECHO

Aeosta, I.A. el Segovia, R. y/o Segovia, R. y/o Segovia, M. y/o responsa- ble Finca Pozo El Tigre y/o Prevención ART SA s/ queja. Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la actora en la causa A., Trineo Argentino c/ Segovia, R. y/o Segovia, H. y/o Segovia, M. y/o responsable Finca Pozo El Tigre y/o Preveneción ART SA s/ queja", para decidir sobre su procedencia.

Considerando: Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queja.

H. saber y, oportunamente, archivese.

RlCAROO L.;LORENZETTTE.;S. PETRACCHI , JUAN CARLOS MAQUEDA E. RAULZAFFARONI

Recurso de hecho interpuesto por I.A.A., actor en autos, representado por el Dr. F.J.A.. Tribunal de origen:

Corte de Justicia de Salta. Tribunal que intervino con anterioridad:

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala I y Juzgado de Primera Instancia del Trabajo de la ciudad de Metán, ambos de la provincia de Salta.

D.O.

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