Resolución Nº 930/2013

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición 2 de Agosto de 2013



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 930/2013Registro Nº 779/2013

Bs. As., 2/8/2013

VISTO el Expediente Nº 1.311.881/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/5 del Expediente Nº 1.561.272/13, agregado como foja 284 al Expediente Nº 1.311.881/09, obra el Acuerdo celebrado por la UNION PERSONAL DE PANADERIAS Y AFINES, la ASOCIACION PANADEROS DE CAPITAL FEDERAL y la CAMARA DE INDUSTRIALES PANADEROS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, ratificado a fojas 301 de autos por la FEDERACION ARGENTINA UNION PERSONAL PANADERIAS Y AFINES, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el acuerdo acompañado, las precitadas partes han pactado sustancialmente condiciones salariales para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 269/95.

Que el ámbito de aplicación personal y territorial del presente acuerdo se corresponde estrictamente con la aptitud representativa de las partes signatarias del mismo.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente y se han acreditado los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por otra parte, corresponde que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de que evalúe si procede el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION PERSONAL DE PANADERIAS Y AFINES, la ASOCIACION PANADEROS DE CAPITAL...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR