Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Septiembre de 2013, M. 306. XLIX

Sentido del falloREVOCA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha24 Septiembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 306. XLIX. RECURSO DE HECHO M., G.A. el Metalpar Argentina S.A. si accidente - acción civil. á.‹- /.l 01,...7;. ~ dLt--ZOJ ~ Buenos Aires, 2.\.{ F~\‹Y- Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la actora en la causa M., G.A. c! Metalpar Argentina S.A. s! accidente - acción civil", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queja.

H. saber y, oportuna- mente, are ' ..;//.//LZ / ~'I'-'t-Y~' E.;S. PETRACCHIE. RAUl ZAFFARONI

, Recurso de hecho deducido por G.A.M., actor en autos, representado por el doctor M.J. ~ramónf en calidad de apoderado. Tribunal de origen:

Sala V de la CámaraNacional de Apelaci'ones del Trabajo. Tribunal que intervino con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo nO 56.

D.O.

00000001

00000002

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