Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Septiembre de 2013, M. 79. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha17 Septiembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 79. XLIX.

RECURSO DE HECHO

M., H. sI causa n° 14.540. ~odé G?~ de ~ de k Q/ÍÍarom Q9t;w deJU 6T~ Buenos Aires, I"t-ds ..Iep1;r!lUAkJFe ae 2013. Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la Administración Federal de Ingresos Públicos - Dirección General Impositiva en la causa M., H. si causa nO 14.540H, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 de Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se la desestima.

T. nota por Mesa de Entradas del el que en virtud del resultado alcanzado, hacer efectivo. se.

ENRIQUE S. PETRACCHI E. RAUL ZAFFARONI CARMEN M. ARGIBAY

Recurso de hecho interpuesto por la AFIP, parte querellante, representada por el Dr. R.N.. Tribunal de origen:

Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

S.B. de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, Juzgado Nacional en lo Penal Económico nO 4.

D.O.

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