Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Agosto de 2013, N. 114. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha27 Agosto 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

N. 114. XLIX. RECURSO DE HECHO Nolazeo, E. elT.O., L. sI daños y perjuicios. QS2fiW de Mb rf7f'Ujuicen1enalJ‹ÚJ- r Buenos Aires,:‹1 tJ!!¿ Autos y Vistos; Considerando:

Que atento a que el apelante no integró el depósito previsto por el arto 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, de conformidad con lo dispuesto en la acordada 2/07, corresponde hacer efectivo el apercibimiento prevenido por .~ la resolución de fs.

80 y desestimar la presente queja.

Por ello, se desestima la queja.

N. y archivese.

( y~ CENAI.H1GHT~O::

E. RAULZAFFARONI CARMEN M. ARGIB ?.- 4 :.; ' ••••

'-' Recurso de hecho interpuesto por L.A.T.O., con el patrocinio letrado del Dr. Á.D.D.L.. Tribunal de origen:

Sala K de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 39. -- \ -2- J

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