Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 21 de Agosto de 2013, C. 914. XLVIII

Sentido del falloDECLARA COMPETENCIA -
Fecha21 Agosto 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

,",., Competencia N° 914. XLVIII. G.C., J. si sus lesiones dolosas le- ves. r:dJw deMi 6l'eMf~ Buenos Aires, 2/ d.e ~io de 2018- Autos y Vistos; Considerando:

Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto en la Competencia N° 383.XLVI I "Lara, E.;Antonio si denuncia", sentencia del 5 de julio de 2011, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello y de conformidad con lo dictaminado por el señor P.;Fiscal, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado de Garantías nO 1, del Departamento Judicial de M., provincía de Buenos Aires, al que se le remitirá.

  1. copia del mencionado precedente y del correspondiente dictamen. Hágase saber al Juzgado Nacional-en~ orreccional nO 3.

RIC~RDO S LORENZETII / E. RAULZAFFARONI

•.

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D.O.

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