Resolución Nº 45/2013

Fecha de disposición30 Julio 2013
Fecha de publicación08 Agosto 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32697



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

ResoluciónNº 45/2013Bs. As., 30/7/2013

VISTO el expediente Nº 105.437/13 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que en el citado expediente obra copia del Acta de fecha 18 de junio de 2013, mediante la cual la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 1, eleva a consideración de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (C.N.T.A.) una propuesta de incremento de las remuneraciones mínimas, premio a la reducción del ausentismo y premio a la permanencia para la actividad de PODA E INJERTO DE FRUTALES, para las provincias de RIO NEGRO y NEUQUEN.

Que analizados los antecedentes respectivos, habiendo coincidido las representaciones sectoriales en cuanto a la pertinencia del incremento en las remuneraciones mínimas y los citados premios, debe procederse a su determinación.

Que asimismo, deciden instaurar una Cuota Aporte de Solidaridad Gremial aplicable sobre el total de las remuneraciones de los trabajadores que se desempeñan en el marco de la presente actividad, y determinar su plazo de vigencia, límites de aplicación y modo de percepción por la entidad sindical signataria.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 del Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley Nº 26.727.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL

DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Fíjanse las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de Poda e Injerto de Frutales, las que tendrán vigencia para el presente ciclo de tareas, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 1 para las Provincias de RIO NEGRO y NEUQUEN, que a continuación se detallan:

JORNALPodador de frutales$ 178,31Aprendiz de podador$ 160,17Injertador $ 192,47Ayudante de injertador$ 161,72Podador de viñas $ 178,31Aprendiz de podador de viñas$ 160,16Injertador de viñas $ 192,47Ayudante de injertador de viñas$ 162,64

ARTICULO 2°

— Se instituye un PREMIO A LA REDUCCION DEL AUSENTISMO equivalente a $ 3,07 (PESOS TRES CON SIETE CENTAVOS). Este premio se abonará al trabajador comprendido en esta cláusula que durante el mes calendario haya cumplido efectiva e íntegramente su trabajo durante todas las jornadas de labor salvo las excepciones que expresa y taxativamente se pactan a continuación: a) Accidentes de...

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