Resolución Nº 103/2013

Fecha de disposición16 Julio 2013
Fecha de publicación19 Julio 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32683

Bs. As., 16/7/2013

Visto el Expediente Nº 173/13 del Registro del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), los Decretos Nros. 375 de fecha 24 de abril de 1997, 500 de fecha 2 de junio de 1997, 842 de fecha 27 de agosto de 1997, 163 de fecha 11 de febrero de 1998, y 1.799 de fecha 4 de diciembre de 2007, las Resoluciones Nº 80 de fecha 22 de mayo de 2013 y Nº 89 de fecha 31 de mayo de 2013, ambas del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO tramita actualmente la modificación del Artículo 27 del REGIMEN DE SANCIONES POR INFRACCIONES A LAS DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS EN EL AMBITO AEROPORTUARIO, aprobado por la Resolución Nº 80 de fecha 22 de mayo de 2013 del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA).

Que en tal sentido, se propicia un cambio de redacción en el primer párrafo del Artículo 27 del Régimen referido el que quedaría redactado de la siguiente manera: “Artículo 27.- Actas. Formalidades: “En las oportunidades en las que se confeccionen Actas de Inspección y/o Constatación en razón de algún presunto incumplimiento, deberá utilizarse el “Modelo” que se acompaña como Anexo I del presente régimen, el que se completará en base al siguiente contenido que no tiene carácter excluyente: …”.

Que en virtud de ello, corresponde aprobar en esta oportunidad el MODELO DE ACTA DE INSPECCION y/o CONSTATACION como Anexo I del REGIMEN DE SANCIONES POR INFRACCIONES A LAS DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS EN EL AMBITO AEROPORTUARIO, aprobado por Resolución ORSNA Nº 80/13.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) es competente para el dictado de la presente, conforme lo establece el Artículo 3° de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, lo dispuesto por el Decreto Nº 375 de fecha 24 de abril de 1997, y demás normativa citada precedentemente.

Que en Reunión del Directorio de fecha 15 de julio de 2013 se ha considerado el asunto, facultándose al suscripto a dictar la presente medida.

Por ello,

EL DIRECTORIO

DEL ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Modificar el Artículo 27 del REGIMEN DE SANCIONES POR INFRACCIONES A LAS DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS EN EL AMBITO AEROPORTUARIO, aprobado por...

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