Disposición Nº 399/2013

Fecha de disposición13 Junio 2013
Fecha de publicación08 Julio 2013
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta32675



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DisposiciónNº 399/2013Registro Nº 530/2013

Bs. As, 13/6/2013

VISTO el Expediente Nº 1.535.069/12 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/3 del Expediente citado obra el Acuerdo suscripto entre la ASOCIACION DEL PERSONAL DE DIRECCION DE LOS FERROCARRILES ARGENTINOS (APDFA), la UNION FERROVIARIA (UF), y la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA MITRE SARMIENTO SOCIEDAD ANONIMA, cuya homologación las partes requieren de conformidad con lo establecido por la Ley 14.250 (t.o. 2.004).

Que mediante dicho Acuerdo las partes pactan nuevas condiciones económicas para los trabajadores de la empleadora representados por las entidades sindicales, con vigencia desde el 01 de Marzo de 2.012, conforme los detalles allí impuestos.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes con la documentación obrante en esta Cartera de Estado.

Que es dable indicar que el ámbito personal como así el territorial del mentado Acuerdo quedan estrictamente circunscriptos a la coincidencia entre la actividad que desarrolla la empresa signataria y la representatividad de las entidades sindicales firmantes, emergentes de sus personerías gremiales.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que cabe señalar que la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO ha tomado la intervención que le compete produciendo informe en el que a fojas 48 de autos manifiesta no tener objeciones que formular respecto a lo acordado.

Que por último, una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo del tope previsto en el Artículo 245 de la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las...

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