Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Julio de 2013, P. 910. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha02 Julio 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 910. XLVIII.

RECURSO DE HECHO

Piccino, J.C.Á. el E.P.E.C. sI deman- da - recurso de casaci6n. Buenos Aires,"2 ~ ~ dU...-z.of~ Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la actora en la causa P., J.C.A. cl E.P.E:C. si demanda recurso de casaciónH, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queja.

H. saber y, oportuna~ 2L~ J3!CARDO LUIS LORENZEITI ENRIQUE S. PETRACCHI JUAN CARLOS MAQUEDA E. RAULZAFFARONI

Recurso de hecho interpuesto por J.C.Á.P., representado por el Dr. G.T.A.. Tribunal de origen:

Tribunal Superior de Justicia de Córdoba. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

S.L. de la Cámara del Trabajo de la Ciudad de Córdoba; Juzgado de Primera Instancia sa Nominación de la Ciudad de C..

D.O.

00000001

00000002

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR