Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Julio de 2013, J. 137. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha02 Julio 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

J. 131. XLVIII. REDCURSO DE HECHO Jorajuria de León, C. e/ E. N.

- AFIP - re- sol. 3210/11 5/ hábeas data. Buenos Aires, ~ &.t ~uho JL otOl2›.

Vistos los autos:

uRecurso de hecho deducido por la actora en la causa Jorajuria de Le6n, C. c/ E.N.

- AFIP resol.

3210/11 s/ hábeas data", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegaci6n dio origen a la queja en examen, es inadmisible (art. 280 del C6digo Procesal Civil y Comercial de la Naci6n) .

Por ello, se desestima la queja.

Intimase al recurrente para que, en el plazo de cinco dias haga efectivo el dep6sito previsto en el arto 286 del C6digo Procesal Civil y Comercial de la Naci6n, según el monto establecido por la acordada 2/2007, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecuci6n.

N., t6mese nota por Mesa de Entradas y, oportunC71 archivese.

/~/J~I fNR1QU E. RAUL ZAFFARONI

Recurso de hecho interpuesto por C.J. d~ León, con el patrocinio del Dr. D.E.R.. Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Adminis- trativo Federal, S.I.. Intervino con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Con- tencioso Administrativo Federal nO 8.

D.O.

00000001

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