Resolución Nº 177/2013

Fecha de disposición27 Junio 2013
Fecha de publicación03 Julio 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32672



MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

ResoluciónNº 177/2013Bs. As., 27/6/2013

VISTO el Expediente Nº S05:0527315/2013, el Decreto Nº 2.186 de fecha 30 de diciembre de 2010 y las Resoluciones Nros. 130 del 8 de julio de 2004, 147 del 3 de agosto de 2004 y 219 del 6 de diciembre de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 2.186 del 30 de diciembre de 2010 se aprobó la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que por la Resolución Nº 130 del 8 de julio de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se crearon en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS diversas Delegaciones Regionales ubicadas en el interior del país.

Que posteriormente por la Resolución Nº 147 del 3 de agosto de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, se asignaron las funciones de coordinador de cada una de las citadas Delegaciones Regionales, a agentes pertenecientes a la Planta Permanente de personal del mencionado organismo.

Que por la Resolución Nº 219 del 6 de diciembre de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, se determinaron los alcances de la citada Resolución Nº 130/2004, estableciendo que las Delegaciones Regionales alcanzarían su máxima actividad operativa cuando entrara en vigencia la nueva estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS.

Que atento al tiempo transcurrido desde la fecha de los mencionados actos administrativos, resulta necesario concretar la formalización del funcionamiento técnico-administrativo del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, actualizando las oficinas que operan en el interior del país y sistematizando su desempeño, conforme a las actuales necesidades organizacionales.

Que la presente medida no implica erogación adicional para el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del citado organismo ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 8°, inciso...

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