Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Junio de 2013, C. 1025. XLVIII

Sentido del falloDECLARA COMPETENCIA -
Fecha25 Junio 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

{ Competencia N° 1025. XLVIII. T., Á.H. sI inf. arto 302. rO ~ Buenos Aires, 2.fj ~ Zpl6 Autos y vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.F. a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado de Garantías n° 3 del Departamento Judicial de Quilmes, provincia de Buenos Aires, al que se le remitirá.

H. saber al Juzgado Nacional en lo Penal Ecopómico nO 3. / .DO L.;LORENZETIIJ.;CARLOS MAQUEDAC.;M. ARGIBAY

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