Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Junio de 2013, C. 990. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha18 Junio 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

,.,. C. 990. XLVIII. Cavill6n, H.A. y otros el EN - MO De- fensa - dto. 628/92 si Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg. Buenos Aires, ,(8 ok. J‹JIl1'O ck. 2.01"3›. Vistos los autos:

"Cavillón, H.A. y otros c/ EN - MO Defensa - dto. 628/92 s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.".

Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se lo desestima.

Sin costas de esta instancia en atención a que el recurso no fue replicado.

N. y de- ELENA 1.HIGHTON de NOLASCO /

Recurso extraordinario interpuesto por W.M.B.; H.A.C.; E.A.D.; B.G.D.; F.C.F.; R.Á.G.; C.D.J.L.; M.F.. M.L.; L.S.M.; V. .H.;Olivarez; R.R.P.; J.L.P.G.; J.R.P.; M.E.P.; R.Á.Q.; S.Q.; P.J.R.; R.S.; R.D.S. taro y H.E.V., actores en autos, representados por la Dra.

M.I.P.B., en calidad de apoderada.

Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en 10 Cohtencioso Administrativo Federal; Sala l.

Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal nO 1.

D.O.

00000001

00000002

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