Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Mayo de 2013, P. 941. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha28 Mayo 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 941. XLVIII. Productos pesqueros S.R.L. sI inf. ley 19.359 (régimen penal cambiario). Buenos Aires, 25' dt!,. ~o de 201.3. Vistos los autos:

    "Productos Pesqueros S.R.L. s/ inf. ley 19.359 (régimen penal cambiario)".

    Considerando:

    Que conforme se desprende del oficio que luce a fs.

    572 de las actuaciones principales la defensa ha planteado la prescripción de la acción penal, por lo que corresponde ordenar la suspensión.del trámite de este recurso a las resultas de la decisión que al respecto tomen los jueces de la causa.

    Por ello se resuelve:

    Suspender el trámite de este recurso extraordinario hasta la resolución definitiva de la cuestión de prescripción.

  2. y remitase este incidente y las actuaciones principales a la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, que deberá comunicar a esta Corte la decisión final que eues ~ A¿y/.?// DO L.;LORENZETTI f\ DIS //- - CARLOS S. FAYT ~La,Ja J.;CARLOS MAQUEDA , C~INJv' CARMEN M. ARGIB

    .- .

    ,

  3. 941. XLVIII. Productos pesqueros S.R.L. sI inf. ley 19.359 (régimen penal cambiario).DENCIA DE LA SEÑORA MINISTRA DOCTORA DOÑA C.M. ARGIBAY Considerando:

    Que el recurso extraordinario es inadmisible (art.

    280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

    Por ello, se lo declara improcedente.

  4. y devuélv'o" "~o~ " io",o,i, d, ori"o_ CARMEN M. ARGIBAY

    Recurso extraordinario deducido por los Dres.

    Marcelo C.

    Savioli Coll y Alejandro M.

    Borawski Chanes, defensores de C.D..

    Tribunal de origen:

    Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata.

    Tribunales que intervinieron con anterioridad:

    Juzgado Federal nO 3 de Mar del Plata.

    D.O.

    00000001

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    00000004

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