Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Septiembre de 1994, K. 47. XXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

K. 47. XXIV.

ORIGINARIO

PENAL K., O.; A.O., M.R.; F., E.J.; R., D. y P., L. s/ contrabando.

Buenos Aires, 6 de septiembre de 1994.

Autos y Vistos; Considerando:

Que el presente sumario tiene por objeto investigar la posible comisión del delito de contrabando por parte del Ministro Consejero de la Embajada del Zaire, O.K. en relación al automóvil marca BMW-525ia, sedán 4 puertas, motor 20356700, chasis WBAHC 21090- 4237760, que había ingresado al país bajo el régimen de franquicias diplomáticas, delito para cuyo juzgamiento esta Corte se declaró competente (fs. 87/88) y solicitó en consecuencia la intervención del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación a los fines dispuestos en el artículo 24, inciso 1°, apartado final, del decreto-ley 1285/58.

Que en cumplimiento de esa disposición legal se libró el oficio cuya copia obra a fs. 133 sin que se haya recibido respuesta de la citada embajada no obstante el tiempo transcurrido desde la fecha de su libramiento, lo que autoriza a considerar tácitamente denegado el pedido (Fallos: 296: 624 y 307:1280 entre otros).

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el se- ñor Procurador General sustituto, se declara que la Corte se encuentra impedida de ejercer su jurisdicción originaria en la presente causa, que se archivará y de la que se remitirán copias íntegras autenticadas al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación y al Juzgado Nacional en lo Pe

nal Económico N° 4, a los fines que corresponda. H. saber y cúmplase. R.L. (H) - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - GUSTAVO A. BOSSERT.

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