Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Agosto de 1994, F. 69. XXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 69. XXVIII.

Frigorífico M.S.A. c/ E. N.

(Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación) y SE.NA.

S.A. s/ amparo.

Buenos Aires, 2 de agosto de 1994.

Vistos los autos: "Frigorífico Moreno S.A. c/ E. N.

(Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación) y SE.NA. S.A. s/ amparo".

Considerando:

Que las cuestiones planteadas por el recurrente resultan sustancialmente análogas a las tratadas por esta Corte en la causa: F.489.XXV. "F.R.E.C.A. S.A. c/ SE.NA.S.A. (Estado Nacional) s/ amparo", el 16 de junio de 1994, a cuyos fundamentos cabe remitirse en lo pertinente, en razón de brevedad.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario, se revoca el pronunciamiento apelado y, en consecuencia, se rechaza la acción de amparo interpuesta (art. 16,in fine, de la ley 48); con costas. N., agréguese copia del precedente citado y devuélvase. R.L. (H) - CARLOS S. FAYT - JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - ANTONIO BOGGIANO (por su voto)- G.A.B..

VO

F. 69. XXVIII.

Frigorífico M.S.A. c/ E. N.

(Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación) y SE.NA.

S.A. s/ amparo.

TO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON ANTONIO BOGGIANO Considerando:

Que las cuestiones planteadas por el recurrente resultan sustancialmente análogas a las tratadas por esta Corte en la causa: F.489.XXV. "F.R.E.C.A. S.A. c/ SE.NA.S.A. (Estado Nacional) s/ amparo" voto del doctor B., el 16 de junio de 1994, a cuyos fundamentos cabe remitirse en lo pertinente, en razón de brevedad.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario, se revoca el pronunciamiento apelado y, en consecuencia, se rechaza la acción de amparo interpuesta (art. 16,in fine, de la ley 48); con costas. N., agréguese copia del precedente citado y devuélvase. A.B.

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