Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Julio de 1994, B. 212. XXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 212. XXVII.

RECURSO DE HECHO

B., N.R. y otros s/ robo agravado y tenencia de arma de guerra -Causa N° 85-. Buenos Aires, 28 de julio de 1994.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa en la causa B., N.R. y otros s/ robo agravado y tenencia de arma de guerra -Causa N° 85-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, no se dirige contra la sentencia dictada por el tribunal superior de la causa, según el artículo 14 de la ley 48.

Por ello, se desestima la queja. Intímese a cada uno de los recurrentes a que dentro del quinto día, efectúen el depósito que dispone el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese.

R.L. (H) - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR.

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